TECNOLOGÍA

SCT de México estableció nuevas normas para uso de drones en el país

1 de mayo de 2015


Ante el creciente uso de drones en México, la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT), en conjunto con la Dirección General de Aeronáutica Civil (Dgac), del mismo organismo, actualizó los criterios que regulan la operación de estos aparatos.Se estableció que sin importar el peso de este tipo de aeronaves, denominadas RPAS (Sistemas de Aeronave Pilotada a Distancia, por sus siglas en inglés), éstas sólo pueden operar en el país durante el día y en áreas que no sean clasificadas como prohibidas, además que para volar drones de más de 25 kilogramos, se debe contar con licencia de piloto.“Su uso se limita a al menos 9,2 kilómetros de distancia de aeropuertos controlados, a 3,7 kilómetros de aeródromos no controlados, y a 900 metros de helipuertos” se estableció.La autoridad ubicó tres tipos de drones de acuerdo con su peso: de hasta dos kilogramos, de dos a 25 kilogramos y de más de 25 kilogramos: “Los drones que tengan un peso máximo de dos kilogramos podrán volar sin necesidad de una autorización de la Dgac, aunque si su uso es con fines comerciales, debe cumplir con ciertas condiciones, incluyendo un seguro de daños a terceros”.Se dijo que las aeronaves que pesen de dos a 25 kilogramos sólo pueden ser usados dentro de clubes de aeromodelismo, cuando su uso es recreativo; mientras que para los drones de más de 25 kilogramos se establecieron medidas más estrictas, ya que sólo pueden volar en términos y condiciones autorizados por la Dgac, además de que se debe contar con una licencia de piloto para poder operarlos.